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La CNMC avala el intrusismo de Cabify en el transporte de mercancías

La CNMC avala el intrusismo de Cabify en el transporte de mercancías
  • Publishedmarzo 6, 2021

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) emitió el pasado 5 de marzo un informe que avala las prácticas sobre transporte de mercancías efectuadas por Cabify. La federación del transporte Fenadismer, que ya alertó a lo largo del año pasado de las maniobras de la plataforma tecnológica de movilidad en el sector del transporte profesional aprovechando la situación generada por la pandemia, ha reaccionado lamentando el punto de vista del organismo y recordando que el problema no radica en el fondo sino en la forma, puesto que Cabify opera usando los coches de su flota y no adquiriendo furgonetas de reparto con una autorización de transporte, que sería lo legal.

CNMC avala el intrusismo de Cabify en el transporte de mercancías

Fenadismer ya interpuso una denuncia en 2020 ante los Servicios de Inspección de Transporte Terrestre (tanto estatal como autonómicos) por una «situación de competencia desleal y de incumplimiento grave de la vigente Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres», pero la multinacional mantuvo sus servicios de reparto. Y es que, pese a que se le abrieron varios procedimientos infractores además del de la patronal del transporte, la compañía encontró los suficientes apoyos para seguir adelante con su actividad.

Entre estos apoyos se encuentra el de la CNMC, que en su informe del pasado viernes ha avalado la actividad de reparto de Cabify, concluyendo lo siguiente:

«Esta Comisión considera que el requerimiento de cese de la actividad de transporte de pequeñas mercancías en el maletero de turismos de menos de dos toneladas de Masa Máxima Autorizada, empleados habitualmente para la actividad de VTC, podría ser innecesario y desproporcionado. De un lado, la normativa sectorial de transporte excluye la autorización para el transporte de pequeñas mercancías en vehículos de MMA no superior a dos toneladas. Por otro lado, la interpretación de que los vehículos adscritos a la actividad de VTC deban emplearse exclusivamente para el transporte de viajeros, sin que puedan efectuar el transporte de pequeñas mercancías, no sería conforme con la Ley General de Unidad de Mercado, al considerarse innecesaria y desproporcionada. Asimismo, el uso del compartimento específico de carga de los vehículos de turismo permitiría realizar la actividad con seguridad, de modo que tales vehículos serían adecuados a los fines del transporte descrito».

Fenadismer ha querido dejar claro su «rechazo rotundo» a esta interpretación del conflicto, el cual «no hace sino contribuir a cronificar el intrusismo que desde diferentes Plataformas Tecnológicas se promueven en el sector del transporte de mercancías y que tanto precarizan la actividad profesional«. La entidad instará a que se promuevan las modificaciones legales necesarias para impedir el desarrollo de unas prácticas que consideran ilícitas y que atentan gravemente a la competencia leal en el sector.

 

fenadismer

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