¿Qué documentación deben presentar los transportistas en Francia?
Los conductores profesionales deben llevar una documentación obligatoria cuando transitan por Francia. Eso es así en virtud de la Ley Macron, que afecta por igual a autónomos y asalariados. Se cumple un año desde su entrada en vigor y desde Fenadismer nos explican cómo actualizar el papeleo.
Documentación obligatoria: Seguridad Social
Desde abril de 2017, los conductores que se desplazan por Francia deben llevar en sus vehículos el documento A1. Se trata de un escrito que acredita que el conductor está dado de alta en la Seguridad Social. Este documento se emite con una validez máxima de un año, por lo que llega el momento de renovarlo para muchas empresas.
Para su renovación, hay que dirigirse a la Tesorería de la Seguridad Social y presentar por registro el modelo de solicitud «TA-300», firmado y sellado. Desde Fenadismer aconsejan lo siguiente:
- Ya que este documento sirve para el resto de países de la UE, incluir en la solicitud todos los países por los que se prevea hacer transporte.
- En el periodo solicitado, indicar el tiempo máximo (un año).
Hay Tesorerías que lo expiden rápido pero otras no, por lo que es aconsejable adelantarse 15 días a la fecha de su expiración para no tener problemas en Francia. En cualquier caso, llevar a bordo del vehículo la solicitud del certificado debidamente sellada por el registro de la Tesorería de la Seguridad Social.
Documentos que hay que llevar a bordo en Francia
Asalariados:
- Certificado de desplazamiento en francés en el que debe figurar el representante designado en Francia.
- Copia del contrato de trabajo.
- Certificado A1 de la Seguridad Social.
Autónomos:
- Justificante de altamen el RETA.
- Justificante bancario del último recibo del pago de Autónomos.
- Si el autónomo no es directamente titular de la licencia comunitaria es recomendable llevar algún documento que acredite su relación con la sociedad titular de la autorización/vehículo (por ejemplo, en el caso de cooperativistas).
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