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Empresas del transporte y ERTEs: ¿cómo se han gestionado?

Empresas del transporte y ERTEs: ¿cómo se han gestionado?
  • Publishedmayo 11, 2020

El decreto del estado de alarma a mediados del pasado mes de marzo abocó al cierre de muchas actividades económicas y con ellas, la falta de trabajo para muchos autónomos y empresas del transporte que les prestaban sus servicios. Esta situación llevó a muchas empresas a acogerse a la figura del Expediente de Regulación Temporal de Empleo, única herramienta viable para evitar la destrucción masiva de empleos. Transporte y ERTEs, ¿cómo ha sobrevivido el sector a las últimas semanas? Nos lo cuentan desde Fenadismer.

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La federación del transporte, en colaboración con sus asociaciones territoriales, ha analizado la tramitación de estos expedientes por parte de los trabajadores asalariados de sus autónomos y empresas asociadas. Lo primero que le ha llamado la atención a Fenadismer es «la gran tipología de empresas transportistas que se han acogido a ellos». Y es que la heterogeneidad de estas actividades es enorme, ya sea clasificándolas según especialidad, tipo de vehículo o destino al que sirven. Dicha heterogeneidad también refleja la afectación del COVID-19 a una gran variedad de negocios y actividades económicas, que o bien se han suspendido total o parcialmente, o bien han quedado tan afectadas en sus balances económicos que se han visto obligadas a tramitar ERTEs.

Como conclusiones más destacadas del estudio Fenadismer celebra que, en general, todas las Comunidades Autónomas hayan tramitado positivamente los ERTEs por fuerza mayor para las empresas transportistas a pesar de su posición. No obstante, y en un porcentaje superior al 50%, la admisión de dichos expedientes de regulación ha sido debido al transcurso de los plazos máximos de tramitación (5 días máximo por ley), tras los cuales procede el silencio administrativo positivo.

En este sentido, la federación resalta las «argucias legales» que se han llevado a cabo en algunos territorios, como ampliar en sus ámbitos territoriales el plazo máximo para resolver los expedientes hasta los 10 días. Una práctica que genera inseguridad para la empresa que tramita el ERTE y que ha sido utilizada por las Comunidades Autónomas de Castilla-León, Asturias, Comunidad Valenciana, Baleares y Galicia.

Madrid, un caso aparte

Fenadismer también apunta a la «gestión ineficiente y errática» protagonizada por la Comunidad de Madrid, territorio que ha aplicado criterios de concesión o denegación divergentes para empresas de transporte con situaciones idénticas, teniendo pendiente aún de resolver casi un 15% de las solicitudes presentadas e incluso desestimando de forma ilegal otro 30% fuera del plazo máximo legalmente establecido.

Y es que la federación sectorial ha podido comprobar de primera mano cómo, en algunos casos, la autoridad laboral ha resuelto inicialmente la desestimación del ERTE para más tarde emitir una segunda resolución en la que sí se estima el ERTE por silencio positivo, pero sin que la segunda resolución haga ningún tipo de mención a la primera. Algo que, evidentemente, genera inseguridad jurídica a las empresas transportistas.

 

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