El TSJ del País Vasco declara ilegal el peaje a camiones de la N-1 y la A-15
El pasado mes de enero, la Diputación Foral de Guipúzcoa puso en marcha un nuevo peaje dirigido exclusivamente a los vehículos de transporte de mercancías. La N-1 (Madrid-Irún) y la A-15 (Navarra-Guipúzcoa) sufrieron así una medida pionera en España que afectó principalmente a los transportistas de larga distancia.
Ahora, Fenadismer informa que el Tribunal Superior de Justicia «anula la norma foral» que impuso el citado peaje. Además, condena en costas tanto a la Diputación de Guipúzcoa como a las Juntas Generales de dicha provincia.
Intenciones recaudatorias fallidas
Con el peaje, la Diputación de Guipúzcoa estimaba recaudar unos 30 millones de euros anualmente. Pero el sector del transporte por carretera manifestó su rechazo al considerar que ya contribuye sobradamente al mantenimiento de las carreteras guipuzcoanas.
Ello motivó que las principales asociaciones nacionales de transportistas llevaran a cabo diferentes medidas de presión. Así, se interpuso un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. ¿El argumento? Que dicha medida vulneraba las Directivas Europeas sobre tarificación de infraestructuras. En especial, en lo referente a su carácter discriminatorio (en función del trayecto) y al importe desproporcionado establecido en el peaje.
Fallo del TSJ
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha admitido íntegramente los argumentos planteados por las asociaciones de transportistas. El TSJ entiende que el régimen de peajes establecido por la Diputación de Guipúzcoa «produce una discriminación indirecta del transporte de tránsito con origen y/o destino fuera de Guipúzcoa respecto del tráfico interior». En consecuencia, la justicia considera que «vulnera el principio de no discriminación previsto en el artículo 7.3 de la vigente Directiva 2011/76/UE».
Por ello, el TSJ vasco «anula la norma foral» que permitió la imposición del peaje y condena en costas tanto a la Diputación de Guipúzcoa como a las Juntas Generales de la provincia.
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