Prorrogado el límite para seguir acogido al sistema de módulos en 2020
El Gobierno acaba de anunciar una nueva prórroga del límite de facturación anual que permite seguir acogido al sistema de módulos en 2020. Con esta decisión, ejecutada mediante un Decreto-Ley aún pendiente de aprobación, se pospone para 2021 el límite de facturación de 75.000€ (actualmente, el límite está en 125.000€), el cual se aprobó en 2016 pero que sucesivas prórrogas han ido postergando durante los últimos años.
La federación del transporte Fenadismer detalla las cantidades exactas de los importes para las diferentes magnitudes de los módulos para 2020 en lo que se refiere al sector del transporte en sus diferentes subsectores. A continuación, las indicamos:
- En el IRPF, todas las actividades mantienen los mismos importes que los establecidos en 2018, por lo que los módulos de IRPF de las actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1 y 721.3) quedarían:
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- Transporte de mercancías: 10.090,99€ de personal no asalariado, 2.728,59€ de personal asalariado y 126,21€ de carga del vehículo.
- Transporte de viajeros en autobús: 16.016,97€ de personal no asalariado, 2.981,02€ de personal asalariado y 121,40€ de asiento del vehículo.
- En el IVA, se mantienen también los mismos importes que en 2018. En consecuencia, los módulos del IVA de las actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1 y 721.3) quedarían:
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- Transporte de mercancías: 4.149,99€ de personal empleado y 388,55€ de carga del vehículo.
- Transporte de mercancías de residuos: 1948,64€ de personal empleado y 181,58€ de carga del vehículo.
- Transporte de viajeros en autobús: 1.700,62€ de personal empleado y 79,72€ de cada asiento del vehículo.
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