La extensión de la ITV, una trampa para muchos vehículos del transporte
La semana pasada fue noticia la Orden publicada por el Ministerio de Sanidad en virtud de la cual se modifica la extensión de la ITV, con una fórmula de cálculo que podéis consultar aquí y que dará a los propietarios de vehículos más tiempo para acudir a su cita con la inspección técnica que la fecha inicialmente prevista. No obstante, también os explicamos que en la pegatina no constará la fecha en que se ha pasado la prueba sino la que hubiera correspondido en caso de no haberse decretado el estado de alarma. Fenadismer ya se ha postulado en contra y ha explicado la encrucijada que supondrá para muchos vehículos viejos dedicados al transporte la nueva caducidad del certificado de la ITV.
La federación del transporte recuerda que «cientos de miles de vehículos dedicados al transporte de mercancías y de viajeros, que por tener una determinada edad han de pasar la ITV cada seis meses, con esta nueva regulación de Sanidad tendrán que pasar dos veces seguidas la ITV en apenas unos días». Algo totalmente incongruente y que desde la Administración parecen no haber reparado (o sí…).
Ejemplos de auténtico esperpento
Para hacer aún más evidente el sinsentido que puede ocasionarse, Fenadismer ha representado dos posibles escenarios. En el primer ejemplo, se toma en consideración un vehículo dedicado al transporte que por antigüedad deba pasar la revisión cada seis meses y cuya ITV haya caducado el 14 de marzo. Si el estado de alarma hubiese concluido el 24 de mayo, el transportista debería pasar su primera revisión antes del 7 de agosto y la siguiente… ¡el 14 de septiembre! Evidentemente, el 24 de mayo ya se ha superado y todo hace indicar que el estado de alarma se mantendrá durante prácticamente todo el mes de junio, por lo que esos paupérrimos 38 días previstos por la federación entre ambas ITV serían incluso menos y la diferencia de días entre inspección e inspección sería de apenas unos días.
El segundo escenario es incluso más disparatado, ya que si la ITV de dicho vehículo envejecido (recordemos, debe pasar la inspección cada seis meses) hubiese caducado el 18 de mayo, el transportista debería pasar la primera revisión antes del 20 de noviembre y la segunda… ¡¡dos días antes, el 18 de noviembre!! Un cálculo que Fenadismer hizo, también aquí, previendo un final del estado de alarma para el 24 de mayo pero que no será tal, de modo que la incongruencia para este caso no será de dos días sino de varias semanas, haciendo más evidente el disparate.
Según datos de la DGT, los vehículos de transporte afectados por la nueva regulación de la caducidad del certificado de la ITV en el actual período de estado de alarma son casi un millón, repartidos entre: 475.000 camiones, 400.000 furgonetas, 12.000 autobuses, 30.000 cabezas tractoras y unos 50.000 taxis y ambulancias.
Esperando rectificación
Desde la federación no entienden las prisas que ha habido desde el Gobierno para gestionar este asunto, o que por correr demasiado no se haya reparado en algo tan flagrante como lo arriba expuesto, que contraviene además la establecido en la Unión Europea. Y es que el viejo continente está pendiente de aprobar un Reglamento sobre esta misma materia que establece una fórmula de prórroga de la vigencia de las inspecciones mucho más simple para aquellos vehículos a los que les haya caducado o vaya a caducar la vigencia entre el 1 de marzo y el 31 de agosto. Para estos casos, se ampliará la posibilidad de acudir a la inspección hasta seis meses después de la fecha de caducidad y, lo más importante, sin ninguna retroactividad a la hora de contabilizar las fechas para la próxima inspección.
Fenadismer confía en que el Ministerio de Sanidad reconsidere la regulación aprobada en nuestro país y, en consecuencia, la adapte a la normativa europea que finalmente se apruebe.
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